
Bases Legales
Ley de Aeronáutica Civil.
Publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº.:38226 de fecha, 12/06/2005.Artículo 147 Transporte de Mercancías Peligrosas.
Quien Transporte o autorice ilícitamente el transporte de mercancías peligrosas, será castigado con prisión de dos a cuatro años. Si son armas, municiones de guerra, gases tóxicos o cualquier otro similar, la pena se aumentará de un tercio a la mitad, con la misma será sancionado quien la introduzca en los aeropuertos o las coloque en su zona perimetral
Regulación aeronáutica Venezolana 110 (RAV-110). Transporte sin riesgo de Mercancía Peligrosa por Vía Aéra.
Ley de Correos, Publicada en la Gaceta Oficial de Venezuela Nº.: 25841 de fecha 12/12/1958.
Artículo 14.
Queda prohibida la circulación por el Correo, de los objetos que por su naturaleza puedan contituir daños para la salud o comprometer la seguridad del personal postal o de la correspondencia
Tipos de embalajes utilizados
- Grupo de embalajes 1: Sustancias que presentan un alto riesgo.
- Grupo de embalaje 2: Sustancias que presentan un peligro moderado.
Elementos comunes que pueden contener Mercancías Peligrosas
- Insumos agrícolas: Fertilizantes, Pesticidas, herbicidas.
- Partes de automóviles: Baterías húmedas, amortiguadores / puntales con bolsa de aire, nitrógeno, ente otros.
- Aparatos de respiración: Cilindros de aire comprimidos u oxígenos.
- Equipo de camping: Gas o líquido inflable, los fósforos, otras mercancías peligrosas.
- Líquidos de limpieza: Sustancias químicas peligrosas.
- Cosméticos: Lacas, líquidos inflables, u otras mercancías peligrosas.
- Suministros dentales: Resinas y disolventes.
- Aparatos de accionamiento eléctrico: Sillas de ruedas, cortadoras de césped, baterías húmedos, otros.
- Artículos para el hogar: Pinturas, aerosoles, polvo blanqueadores, otros.
- Partes de maquinarias: Puede incluir adhesivos, pinturas selladoras, solventes, otros.
- Pinturas: Disolventes inflamables.
- Perfumes: Líquidos inflamables.
- Sustancias Infecciosas: Requiere declaración del expedidor.
- Materiales Radioactivos excepción de paquetes: Limitado a un máximo de un décimo de actividad.
Clasificación de los materiales peligrosos
Clase 1: Explosivos- Fuegos Artifiaicles.
- Municiones.
- Pólvora.
- Bengala.
- Otros.
Clase 2: Gases Comprimidos
- Gas Butano de encendedor.
- Tanques de buceo.
- Gas de campamento.
- Aerosoles.
- Extintores de incendio.
- Acetona.
- Encendedores de gasolina.
- Líquidos para encendedor.
- Pinturas al óleo.
- Fosforos (Cerillas).
- Carbones.
- Calcio.
- Magnesio.
- Quimicos generadores de oxígenos.
- Peróxidos polvos.
- Blanqueadores.
- Adhesivos.
- Desinfectantes.
- Fertilizantes de nitrato amónico.
- Tintes de cabello.
- Textiles.
- Pesticidas.
- Químicos agrícolas.
- Compuestos de mercurio.
- Baterias.
- Virus.
- Todas las categorías radiactivas, excepto aquellas que sean admisibles según las disposiciones de las Actas de la UPU.
- Baterias húmedas
- Mercurio.
- Acido clohídrico.
- Bateria de ácido.
- Soda Cáustica.
- Desinfectantes.
- Productos Magnetizados.
- Motores.
- Dióxido de carbono sólido (hielo seco).
- Baterias de litio.
Las disposiciones correspondientes del Convenio Postal Universal se modificaron y las pilas y baterías de litio instaladas (colocadas) en un equipo pueden ser aceptadas por el Correo bajo ciertas condiciones:
Un máximo de cuatro pilas de litio o dos baterías de litio instaladas en un equipo.
- Cada pila o batería deberá ser del tipo que cumple con los requisitos de cada una de las pruebas de la subsección 38.3 de la III parte del manual de pruebas y criterios de las Naciones Unidas.
- Las pilas y baterías de litio no incluirán las que hayan sido identificadas por el fabricante como defectuosas por razones de seguridad.
- Las pilas y baterías de litio no incluirán las que hayan sido dañadas. Las pilas y baterías de litio no incluirán las que puedan producir un desprendimiento peligroso de calor, fuego o cortocircuitos.
- Las pilas de litio se embalaran adecuadamente para evitar cortocircuitos. Esto incluye protección para evitar contacto con materiales peligrosos conductores dentro del mismo embalaje que pudiera ocasionar un cortocircuito.